Propuestas de modificación a la Norma Oficial Mexicana 051 para el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados

El plazo para presentar observaciones ante el Comité Asesor Nacional de Regulación de Normas Oficiales y Promoción Sanitaria en relación al “Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051” para alimentos preenvasados ​​y bebidas no alcohólicas, venció el 10 de diciembre de 2019. .

Como se informó anteriormente, OLIVARES presentó oportunamente comentarios contra el Borrador y la enmienda más controvertida contenida en el apartado 4.5.1, afirmando que dicha modificación restringe el uso de personajes, dibujos e imágenes de celebridades en las etiquetas de alimentos preenvasados ​​y no alcohólicos. bebidas que contienen sello porque superan la cantidad de calorías, azúcares libres, grasas saturadas, grasas trans y sodio.

El Comité Asesor Nacional de Regulación de Normas Oficiales y Promoción Sanitaria ha concluido ahora su análisis y ha aprobado las modificaciones al Anteproyecto y al denominado “sistema de rotulación frontal”.

Hasta el día de hoy, el texto final aún no está disponible. Sin embargo, OLIVARES ha podido confirmar que el “sistema de rotulación frontal” y la controvertida modificación antes mencionada han sido aprobados con algunos cambios menores.

Como se mencionó en boletines anteriores, (Nuevas regulaciones de etiquetado que afectarán a la industria de alimentos y bebidas en México https://bit.ly/38N7b6k y Posibles implicaciones del borrador de modificación al estándar de etiquetado de alimentos y bebidas en México https: // bit. ly / 3aPjoJP) las enmiendas a la NOM-051 violan diversas Leyes Federales y Tratados Internacionales, contraviniendo las disposiciones del Tratado de Barreras Técnicas (OTC) así como los Tratados de Libre Comercio (TLC) de los que México es parte.

El Tratado de Barreras Técnicas (OTC) y los Tratados de Libre Comercio reconocen que cada país puede establecer reglamentos técnicos (en este caso Normas Oficiales Mexicanas) pero al hacerlo, debe asegurarse de que no creen obstáculos innecesarios al comercio internacional.

En los días siguientes se darán a conocer las modificaciones al Borrador y posteriormente se publicarán en el Diario Oficial.

OLIVARES ya ha desarrollado una sólida estrategia legal para responder a la aprobación de esta modificación. Una vez que la NOM 051 entre en vigencia o cuando se aplique de manera perjudicial, puede ser conveniente interponer una acción de amparo caso por caso para impugnar su constitucionalidad.

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