México. Contrataciones públicas: Iniciativa de reforma a la Ley de Adquisiciones.

Recientemente fue publicada la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Adquisidores, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la cual tiene el propósito de establecer un nuevo marco jurídico para regular las contrataciones públicas a fin de cumplir ciertos compromisos adquiridos por el actual gobierno en materia de transparencia y combate a la corrupción, resultando de especial relevancia las siguientes modificaciones:

  • Implementación de un nuevo modelo de compras consolidadas que favorezcan el ahorro de recursos públicos y la obtención de mejores condiciones de precio y calidad, creándose para tal efecto un Comité de Contrataciones Consolidadas.
  • Régimen de excepción con organismos intergubernamentales internacionales a través de mecanismos de colaboración que no estarán sujetos a lo previsto por la nueva ley de adquisiciones.
  • Licitaciones de modalidad nacional, en las que únicamente pueden participar personas de nacionalidad mexicana, se establece que los bienes a adquirir deben ser producidos en el país y cuenten, por lo menos, con un 65% de contenido nacional, cuando anteriormente era del 55%. Salvo en aquellos casos de excepción donde las dependencias o entidades esté sujeta a los tratados de libre comercio que contengan disposiciones en materia de compras del sector público.
  • En las licitaciones de modalidad internacionales abiertas, en las que pueden participar licitantes mexicanos y extranjeros, cualquiera que sea el origen de los bienes a adquirir o arrendar y de los servicios a contratar, se incluye que se podrá optar por dicha modalidad, cuando sea conveniente en términos de precio, o porque el o los proveedores existentes o bienes no pueden atender el requerimiento de la dependencia en lo que respecta a cantidad, calidad y oportunidad.

  • En los procedimientos de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa, los licitantes sólo podrán presentar una proposición en cada procedimiento de contratación y tratándose de representantes legales de personas morales, únicamente podrán presentar proposiciones en representación de un solo licitante. Continúa cierta preferencia sobre bienes sustitutos de productos sujetos a derechos exclusivos, lo que consideramos inconstitucional.

Estas son algunas de las modificaciones relevantes en esta iniciativa que deberán ser ampliamente discutidas con el propósito de dar claridad y certidumbre jurídica a los contratantes sobre su implementación en armonía con la Constitución Mexicana, otras disposiciones de nuestro marco jurídico vigente y los tratados internacionales.

Si bien las sesiones presenciales de la cámara de diputados se encuentran suspendidas con motivo de las medidas implementadas para la mitigación y control de la pandemia del virus COVID-19, las comisiones continúan trabajando de manera virtual y se está contemplando la posibilidad de llevar a cabo sesiones de pleno de esta misma forma, por lo que tomando en consideración la prioridad de esta iniciativa, la intención es que se discuta a la brevedad. OLIVARES continuará realizando el monitoreo y seguimiento de las discusiones correspondientes y posibles acciones a seguir una vez que esta sea aprobada.

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