COFEPRIS revoca Criterios y Lineamientos criticados publicados por la antigua Administración.

Durante su anterior gestión, la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) emitió los actos administrativos generales que se enumeran a continuación, con el supuesto propósito de consolidar los criterios para el análisis y tramitación de las distintas autorizaciones publicitarias ante dicha autoridad:

  • Criterios de atención para la tramitación de autorizaciones publicitarias de medicamentos, medicamentos homeopáticos y remedios herbales.
  • Directrices que establecen los criterios para la publicidad que promueva hábitos saludables con el fin de evitar posibles riesgos para la salud.
    Criterios para el análisis de solicitudes de autorización de publicidad de bebidas alcohólicas.
  • Lineamientos para la simplificación administrativa del procedimiento y autorización de publicidad digital.
  • Criterios de atención para la tramitación de solicitudes de autorización de publicidad de medicamentos.
  • Criterios de atención para el enjuiciamiento de la autorización de publicidad para medicamentos de venta libre, medicamentos homeopáticos y remedios herbales.

Consideramos que estos Lineamientos fueron emitidos en contra de las disposiciones de la Ley General de Mejora Regulatoria y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, debido a que los proyectos de decreto no fueron revisados ​​por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) y no fueron publicados en el Diario Nacional.

 

No obstante, la COFEPRIS hizo cumplir los actos administrativos enumerados anteriormente para el enjuiciamiento y resolución de procedimientos administrativos. Esta circunstancia generó inseguridad jurídica para los solicitantes, pues la autoridad resolvió los casos con base en actos administrativos generales sin validez formal.

El 25 de junio de 2019, el nuevo Comisionado de Protección contra Riesgos Sanitarios emitió una comunicación oficial dirigida a las autoridades jerárquicamente inferiores revocando los actos administrativos bajo comentario. El Comisionado reconoció que por fallas procesales en su proceso de creación y el hecho de que no fueron publicados en el Diario Oficial, estos no podrían tener efecto legal.

El Comisionado también instó a las autoridades sanitarias a resolver las autorizaciones de comercialización pendientes de acuerdo con la Ley General de Salud y su Reglamento.

Nuestro despacho estuvo involucrado en el litigio contra la Circular S00 / 102/2017 titulada “Criterios para el análisis de solicitudes de autorizaciones de publicidad de bebidas alcohólicas”, donde los Juzgados resolvieron que no podía ser considerada como una ley o reglamento de obligado cumplimiento sino solo como un instrucción administrativa del Comisionado a las autoridades jerárquicamente inferiores. Las conclusiones a las que llegan los Tribunales en dicho litigio son consistentes con la comunicación oficial que revoca las Directrices y los criterios.

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