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octubre 13, 2025
El 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Esta reforma eleva los estándares de identificación, trazabilidad y control en materia antilavado, y robustece las facultades de supervisión y sanción. En la práctica, impacta contratos, expedientes de clientes, manuales, monitoreo automatizado y calendarios de avisos.
El artículo 17 define qué Actividades Vulnerables deben identificarse y en qué casos debe presentarse aviso ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). La reforma amplía y precisa ese catálogo, además de realizar ajustes en ciertas actividades y umbrales (por ejemplo, vehículos, blindaje, traslado o custodia de valores, donativos y comercio exterior de mercancías sensibles). Estos son algunos de los cambios más relevantes:
La reforma consolida un marco de prevención más estricto: identificación directa, trazabilidad, monitoreo automatizado, avisos oportunos y controles documentales de largo plazo, con sanciones reforzadas. Actuar ahora reduce riesgos regulatorios, operativos y reputacionales, y facilita una adopción ordenada de las nuevas reglas.
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