Medidas cautelares

Dentro de los cambios relevantes en la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, encontramos lo referente a la imposición y al levantamiento de medidas provisionales.

Con la ley anterior, bastaba con que, por un lado, la persona que solicitaba las medidas acreditará una violación a su derecho y exhibiera una fianza para obtener la imposición de las mismas y por otro lado, la persona en contra de la cual se adoptaban las medidas, exhibiera una contrafianza para obtener el levantamiento de las mismas.

Ahora, con esta nueva ley, la imposición y al levantamiento de medidas cautelares ya no procederá en forma automática con la exhibición de la fianza o la contrafianza, sino que ahora, el IMPI deberá realizar un análisis previo sobre si procede la imposición o el levantamiento de las medidas, considerando la apariencia del buen derecho, y con los elementos que le proporcionen las partes, deberá ponderar si la afectación que pudiera sufrir la persona a quien se le vayan a imponer las medidas es mayor a la que se pueden provocar a la persona que las solicite, considerando además la posible afectación al orden público y el interés general.

Confiamos en que estos cambios tendrán un impacto positivo en nuestro sistema de propiedad industrial, ya que el ejercicio de ponderación que ahora debe realizar el IMPI, debe brindar más certeza sobre la imposición o levantamiento de las medidas provisionales, ya no estando sujeta dicha situación enteramente a la exhibición de una fianza o contrafianza.

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