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El día de hoy, México publicó oficialmente reformas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI), introduciendo cambios relevantes que impactarán directamente las estrategias de presentación y tramitación de solicitudes de patente, modelos de utilidad y diseños industriales.
Estas reformas incorporan mecanismos comúnmente utilizados en otras jurisdicciones e introducen nuevas herramientas procedimentales orientadas a incrementar la flexibilidad, la certeza jurídica y la eficiencia del sistema de patentes en México.
A continuación, se describen los principales cambios que afectan específicamente la práctica de patentes, modelos y diseños.
Restablecimiento del derecho de prioridad
Ahora será posible restablecer el derecho de prioridad dentro de un plazo de dos meses posteriores al vencimiento del plazo original (12 meses para patentes y modelos de utilidad, y 6 meses para diseños industriales). Este mecanismo reduce el riesgo de pérdida irreversible del reclamo de prioridad y alinea a México con prácticas internacionales que contemplan medidas correctivas en materia de derechos de prioridad.
Solicitudes provisionales de patente
Se introduce una nueva vía de presentación que permite obtener una fecha de presentación temprana con requisitos formales reducidos, requiriendo únicamente la identificación básica del solicitante y una descripción de la invención. El solicitante deberá presentar una solicitud completa dentro de un plazo improrrogable de 12 meses; de lo contrario, la solicitud provisional caducará. Las solicitudes provisionales en México no podrán reivindicar prioridad de solicitudes previas, no serán publicadas y no estarán sujetas a examen.
Este mecanismo brinda flexibilidad para invenciones en etapas tempranas y facilita la toma de decisiones estratégicas de presentación.
Documentación de prioridad y mecanismo correctivo
Conforme a la práctica mexicana, la copia certificada del documento de prioridad y su traducción al español deben presentarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. La reforma ahora permite que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), una vez vencido dicho plazo, requiera la presentación de documentación faltante o deficiente dentro de un plazo de cinco días hábiles. Si bien esto otorga una última oportunidad para conservar el derecho de prioridad, el plazo reducido puede representar retos prácticos, particularmente en escenarios internacionales.
Restablecimiento de derechos procesales
Los solicitantes podrán ahora solicitar la restitución de derechos perdidos como consecuencia del incumplimiento de plazos, incluyendo la falta de respuesta a oficios de forma o fondo o el pago de derechos de concesión. Dicha solicitud deberá presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo incumplido, junto con el cumplimiento del requisito omitido. Esto representa un cambio significativo respecto del sistema anterior, en el cual el abandono de la solicitud era definitivo e irreversible.
Reducción de plazos de tramitación y del número de oficios
La reforma introduce medidas orientadas a agilizar el trámite ante el IMPI. En particular, se establece un plazo máximo de un año para la emisión de una resolución final en solicitudes de patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, una vez iniciado el examen de fondo. Asimismo, el acuerdo administrativo aplicable reduce el número de oficios de fondo de cuatro a dos en solicitudes de patente y modelos de utilidad. Estos cambios reflejan una clara tendencia hacia un proceso de examen más ágil y con plazos definidos.
Observaciones de terceros
Las observaciones de terceros ahora se encuentran expresamente previstas para solicitudes de modelos de utilidad y diseños industriales, dentro de un plazo de dos meses a partir de su publicación. Previamente, este mecanismo se encontraba limitado a solicitudes de patente.
En conjunto, estas reformas introducen una mayor flexibilidad en el sistema de patentes en México, al tiempo que refuerzan la importancia de una adecuada planeación estratégica y del manejo oportuno de los plazos durante la tramitación.
Las disposiciones transitorias establecen que estos cambios entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, mientras que las solicitudes en trámite continuarán rigiéndose por el marco legal vigente al momento de su presentación.
En OLIVARES, nos encontramos monitoreando de cerca la implementación de estos cambios y los mantendremos oportunamente informados sobre cualquier desarrollo relevante adicional.

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