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Como informamos anteriormente, en virtud de las reformas recientemente promulgadas a nuestra LFPPI, los solicitantes tendrán ahora la oportunidad de solicitar la emisión de una resolución obligatoria ante el Comité Técnico Especializado recién formado, constituido por la Junta Directiva del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), para las solicitudes de patentes, modelos de utilidad y diseños que hayan excedido los plazos de tramitación recientemente establecidos.
Se han establecido requisitos específicos que los solicitantes deben cumplir al presentar una solicitud de resolución obligatoria, tales como indicar la fecha de presentación en México, el número de solicitud y argumentos breves sobre por qué debería aplicarse la resolución obligatoria.
El Reglamento también especifica que los siguientes casos no se considerarán parte del retraso en la tramitación:
Por último, el examinador está obligado a incluir en su informe al Comité Técnico Especializado la siguiente información:
Esta vía ofrece a los solicitantes una vía clara para obtener una resolución definitiva en los casos que sufrieron retrasos injustificados y también se aplica a las solicitudes que se encuentran actualmente pendientes y que se presentaron antes de que entrara en vigor la Reforma y una vez que se haya constituido el comité técnico especializado.
En OLIVARES, estamos siguiendo de cerca la implementación de estas disposiciones y estamos a sus órdenes para atender cualquier consulta específica.

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