Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial Cambios relevantes en Patentes.

El 1º de julio de 2020, y como resultado de la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), se promulgó la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

La nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, representa un importante cambio legislativo, ya que tiene como objetivo armonizar la ley doméstica con los estándares establecidos por los nuevos acuerdos comerciales y de cooperación, signados por México en los últimos años; y entrará en vigor el 5 de noviembre de 2020.

Esta reforma representa un cambio significativo en la mayoría de los capítulos de la Ley anterior, impactando así la protección de las diversas figuras legales contempladas en la Ley.

Centrándonos específicamente en la protección de los derechos de propiedad industrial, la nueva Ley introduce cambios relevantes, en materia de patentes que pueden resumirse de la siguiente manera:

  • Prohibición de doble patentamiento. Aún y cuando ésta constituye la práctica actual, la nueva ley introduce una prohibición expresa.
  • Período de gracia para divulgaciones de arte previo hechas por terceros en violación o incumplimiento de acuerdos confidenciales.
  • Un nuevo sistema legal para patentes divisionales limitando las posibilidades de los titulares de patentes de dividir su solicitud principal en múltiples ocasiones.
  • Una nueva cláusula “Bolar” para invenciones químicas y biotecnológicas.
  • Certificados Complementarios de Protección (CCPs) para compensar el retraso en el otorgamiento de registros sanitarios.
  • Prohibición de limitar el ámbito de las reivindicaciones concedidas cuando una acción de nulidad ha sido presentada.

En comunicaciones sucesivas y por separado, OLIVARES ahondará sobre cada uno de los temas anteriores, brindándole así un análisis y detalles de estos cambios implementados en la LFPPI.

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