Recientes reformas a la Ley de Propiedad Inductrial y la Ley de Derecho de Autor en México

El pasado 27 de enero de 2012 se modificaron la Ley de Propiedad Industrial (LPI) y la Ley de Derechos de Autor (CL). Los temas más relevantes de dichas modificaciones que entraron en vigencia el pasado 30 de enero de 2012, son los siguientes:

a) Ley de Propiedad Industrial.

– Servicio por listas y mediante publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial (Gaceta). Cualquier notificación sobre litigios iniciados ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) que no pueda realizarse en el domicilio designado para notificación del proceso en el primer escrito o en el expediente oficial, podrá realizarse mediante listas disponibles en la sala de registro de el IMPI y mediante su publicación en la Gaceta. Esto también puede aplicarse en los casos en que hay una falta de respuesta, desacato o incumplimiento. Las notificaciones por listas son comunes en los procedimientos judiciales y claramente el objetivo de esta enmienda es acelerar el enjuiciamiento de los procedimientos judiciales en el IMPI. Sin embargo, en estos casos, el IMPI deberá tener cuidado de publicar las listas el mismo día en que se ponga en circulación la Gaceta que contiene el aviso.

– Visitas de inspección. En el pasado, los inspectores del IMPI solo estaban autorizados a realizar las visitas de acuerdo con los puntos contenidos en la orden de inspección. Con estas modificaciones los inspectores podrán consignar en el informe de inspección cualquier otra circunstancia que se produzca durante la visita de inspección relacionada con el caso, así como recoger fotografías, videos y otras evidencias e integrarlas al informe emitido sobre dicha visita.

Además, en el caso de oponerse (impidiendo la entrada del inspector del IMPI a las instalaciones del presunto infractor) a las visitas de inspección, las enmiendas prevén dos nuevas sanciones:

Los hechos que se pretenden probar se presumirán como ciertos, y;
Cualquier oposición a una visita de inspección se considerará una infracción a la IPL.

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Resultados de traducción
– Nuevas causas de infracción. Además de oponerse a una visita de inspección, el incumplimiento de una orden de presentación o solicitud de documentos y / o información ahora también se considera una infracción. No está claro si estas causas de infracción serán estudiadas y resueltas en el mismo procedimiento en el que se originan, o si será necesario iniciar nuevos procedimientos. En cualquier caso, estas nuevas causas de infracción son nuevas herramientas que ayudarán a los titulares de PI a hacer valer sus derechos.

– Nuevas multas por “infracción dolosa”. La infracción dolosa, entendida como la infracción realizada con conocimiento de la existencia de un derecho de PI, se sanciona ahora con una multa superior. De acuerdo con esta enmienda, cualquier infracción a un derecho de propiedad intelectual que se utilice en el mercado mexicano con las leyendas MR, ®, ©, “producto patentado” o contra un derecho de propiedad intelectual que haya sido publicado en la Gaceta de la Propiedad Industrial, o contra un derecho de PI cuya existencia haya sido notificada al público en una publicación realizada en un periódico de ámbito nacional, o incluso mediante una notificación personal con recibo, debe considerarse una infracción “intencionada”. En estos casos, la multa será el doble del monto normal que debería imponerse.

b) Ley de derechos de autor. La multa por algunas infracciones comerciales se incrementa de 5.000 a 40.000 días de salario mínimo.

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Este boletín tiene como único objetivo ser una discusión general de los temas tratados y no debe considerarse como asesoramiento legal.

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